SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2013-L

Fecha: 22-May-2013

II.2.

II.2.  La Resolución 449/2011 de 1 de agosto, emitida por el Juez codemandado, señala que el Ministerio Público dictó resolución fundamentada de aprehensión, fundándose en el art. 226 del CPP; sin embargo, al haber sido notificado con la aprehensión a horas 14:20, la misma fue puesta a conocimiento de la autoridad jurisdiccional el 28 de julio de 2011 a horas 16:30, excediendo el plazo previsto en la parte in fine del art. 226 del adjetivo penal, por lo que, se declaró la ilegalidad de la aprehensión de ambos imputados. No se pronuncia respecto al planteamiento de actividad procesal defectuosa, bajo el argumento de que en la etapa preparatoria los incidentes deben presentarse por escrito con la prueba correspondiente, debiendo correrse en traslado a las partes para que respondan y en audiencia la autoridad jurisdiccional resuelva los mismos. Disponiendo en su parte resolutiva por la detención domiciliaria, prohibición de presentarse al lugar investigado y la fianza de Bs3500.- (tres mil quinientos bolivianos) (fs. 15 a 18 vta.)