Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 0365/2013-L de 23 de mayo
Fecha: 23-May-2013
CONFIRMA
En el presente caso, corresponde emitir voto disidente en la medida en la que expreso mi desacuerdo en el razonamiento principal -ratio decidendi- de la SCP 0365/2013-L, respecto a que CONFIRMA la Resolución de 1 de agosto de 2011, emitida por el Tribunal de garantías, en consecuencia la denegatoria de la tutela, con el argumento de que la accionante no habría demostrado las medidas o vías de hecho en el avasallamiento denunciado.
- I. ANTECENDENTES
- CONFIRMA
- II.1. Análisis de la SCP 0365/2013-L
- “…i)
- es decir cuando se atribuya a los demandados haber incurrido en vías de hecho y exista aceptación de los hechos denunciados por parte de estos, o los mismos no los desvirtúen en forma debida, tendrá que concederse la tutela; para ello, tendrán que concurrir los dos aspectos: a) La imposibilidad de obtener y presentar la prueba correspondiente y, b) La aceptación de los hechos acusados o la no desvirtuación de los mismos por parte de los demandados”
- REVOCARSE