SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2013-L

Fecha: 27-May-2013

Esta acción, es de naturaleza esencialmente subsidiaria, en virtud de lo dispuesto por el art. 129.I de la CPE, cuando señala que podrá ser interpuesta: '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'.

Esta acción, es de naturaleza esencialmente subsidiaria, en virtud de lo dispuesto por el art. 129.I de la CPE, cuando señala que podrá ser interpuesta: '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'.