SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2013

Fecha: 03-May-2013

la obligación constitucional que tienen los demandados dentro de la acción de libertad (personas particulares y funcionarios públicos) de presentar informe o concurrir a la audiencia y los efectos que produce su resistencia a obedecer resoluciones judiciales emitidas por los Jueces y Tribunales de garantías

En el caso concreto, al haberse constatado que Wilson Arévalo Coria, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa cruz -ahora demandado- no obstante su notificación legal, no asistió a la audiencia, ni remitió el informe de ley como tampoco el cuaderno procesal solicitado por el Juez de garantías dentro del  proceso penal del cual emerge esta acción de libertad, corresponde recordar la obligación constitucional que tienen los demandados dentro de la acción de libertad (personas particulares y funcionarios públicos) de presentar informe o concurrir a la audiencia y los efectos que produce su resistencia a obedecer resoluciones judiciales emitidas por los Jueces y Tribunales de garantías.