SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2013
Fecha: 15-May-2013
Fragmento 13
De la documentación que informa los antecedentes del expediente se evidencia que la Autoridad Sumariante del Órgano Ejecutivo del Gobierno Municipal Autónomo de Sucre por Resolución Final 33/2012, estableció responsabilidad administrativa contra Bimar Chile Soto ahora accionante y en consecuencia dispuso la sanción de su destitución “por no haber demostrado su asistencia a su fuente laboral en el mes de enero”(sic), resolución que fue confirmada por Resolución 351/12, que resolvió el recurso de revocatoria promovido por el accionante, siendo esta última objeto del recurso jerárquico interpuesto por el mismo; sin embargo, el Alcalde por Resolución Administrativa Jerárquica 021/2012 de 30 de mayo, resolvió confirmar la Resolución 351/2012 dejando en vigencia la Resolución Final 33/2012, recurso que concluyó con su notificación el 4 de junio de 2012.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades administrativas demandadas
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el plazo que rige su activación
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR