SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2013

Fecha: 27-May-2013

III.3. Análisis del caso concreto

En el presente caso, el ahora accionante señala que dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por supuestos gastos reservados, se encuentra privado de libertad en el penal de San Pedro de La Paz; en ese estado, promovió recusación contra la autoridad demandada, por causal sobreviniente, el 21 de diciembre de 2012; sin embargo, transcurrieron veintiocho días desde la presentación de su memorial, sin que hasta la fecha se remitieran los antecedentes ante el tribunal de alzada, menos ante el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, ocasionándose así retardación de justicia que provoca una privación indebida de su libertad.

Según el cargo de presentación del memorial de solicitud de recusación, se evidencia que efectivamente fue presentado el 21 de diciembre de 2012, sin adjuntarse el comprobante de caja, hecho que provocó que el Juez demandado emita una providencia señalando que con carácter previo se adjunte la boleta correspondiente, presentando la misma posteriormente el accionante, el 4 de enero de 2013, con el argumento de haber sido un “descuido involuntario”, fecha en la cual, la autoridad demandada recién pronunció la Resolución de recusación correspondiente, rechazando la misma, disponiendo la remisión en consulta ante las autoridades superiores, así como el envío de los actuados a conocimiento del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, entretanto se resuelva el incidente.