Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2013
Fecha: 27-May-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
La Abogada y apoderada del Gobernador de Chuquisaca, señaló que la accionante fue designada conforme al Estatuto del Funcionario Público y no sujeta a la carrera administrativa, se procedió al agradecimiento de servicios por ser funcionaria provisoria sin invocar la comisión de ninguna falta por lo cual no debería iniciarse proceso administrativo alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunalde garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La carrera administrativa garantía de estabilidad laboral del funcionario público
- c)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR