Sentencia Constitucional Plurinacional 0618/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0618/2013

Fecha: 27-May-2013

reducción de salario, traslado del trabajador a un puesto de trabajo inferior

Por otra parte, sobre el despido indirecto la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, afirmó: “…cabe manifestar que si bien el artículo 2 del Decreto Supremo de 9 de marzo de 1937, establece que en caso de rebaja de sueldos, los empleados tendrán la facultad de permanecer en el cargo o retirarse de él, entendiendo por ello que se produce el despido indirecto del trabajador, así también dicho despido indirecto se configura en función a que por culpa atribuible al empleador que incita y obliga al trabajador a tomar decisiones como consecuencia de la alteración de condiciones de la relación laboral, modifica de manera sustancial la armonía de la actividad laboral, pudiendo ser ésta por alteración del horario de trabajo, reducción de salario, traslado del trabajador a un puesto de trabajo inferior o impago del salario” (AS 84 de la Sala Social Primera, de 10 de abril de 2012, Ministro Relator Antonio Campero Segovia).