AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2013-CA
Fecha: 26-Jun-2013
rechazó
Por Resolución de 21 de mayo de 2013, cursante a fs. 16 y vta., los miembros del Tribunal de Resolución de Disputas de la Federación Boliviana de Futbol rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que por AC 0222/2010-CA, el Tribunal Constitucional ya analizó la constitucionalidad del artículo impugnado, en un caso análogo, de lo que se desprende que conforme a la jurisprudencia de la máxima instancia de control de constitucionalidad, no es posible promover con los mismos argumentos la inconstitucionalidad de una norma que ya fue declarada constitucional, lo que inviabiliza cualquier nueva revisión de la disposición legal impugnada, hecho que fue reconocido por el accionante al señalar que la Sentencia 0927/2012 de 9 de abril, emitida por el Tribunal de Resolución de Disputas ya resolvió la Litis entre el entrenador y el Club, quedando pendiente que la Federación Boliviana de Futbol, haga cumplir la decisión asumida, siendo ejecutoriada en el fondo, otro motivo por el cual se inviabiliza la aceptación de la demanda.