AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2013-CA
Fecha: 26-Jun-2013
Tribunal de Resolución de Disputas de la Federación Boliviana de Futbol (FBF)
En consulta la Resolución de 21 de mayo de 2013, cursante a fs. 16 y vta., pronunciada por el Tribunal de Resolución de Disputas de la Federación Boliviana de Futbol (FBF), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Miguel Ángel Antelo de Barneville, Presidente y Richard Lorenzo Méndez Cossío, Secretario General, ambos del Club Deportivo y Cultural Oriente Petrolero, demandando la inconstitucionalidad del art. “45” del Estatuto del Jugador, establecido en el Anexo III del Reglamento de la Ley del Deporte, aprobado mediante el Decreto Supremo (DS) 27779 de 8 de octubre de 2004, por presuntamente vulnerar los arts. 109.II, 115.I y II, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).