AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2013-CA

Fecha: 28-Jun-2013

rechazó

Mediante Resolución 43/2013 de 28 de mayo, cursante de fs. 24 a 28, la Jueza de Instrucción de Pucarani del departamento de La Paz, rechazó la solicitud de declinatoria de jurisdicción, fundamentando que por parte de la justicia indígena originaria campesina existe una confusión en cuanto al problema a tratar, dado que si bien es evidente que existiría problemas sobre terrenos entre ambas partes, éstos habrían sido resueltos por las autoridades originarias campesinas, no obstante la denuncia presentada por la víctima es dentro de un hecho diferente que no tiene relación con el conflicto por el terreno, cuando en el presente caso se está hablando de agresiones físicas, que no han sido resueltas ni puesto en conocimiento de las autoridades campesinas, pero sí de la justicia ordinaria de forma primigenia el proceso penal, siendo que las autoridades originarias de Chirioco resolvieron y asumieron conocimiento del problema de terrenos, más no así de la presunta agresión cometida en contra de Lucia Sipe Chávez.