AUTO CONSTITUCIONAL 079/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 079/2013-RCA-SL

Fecha: 20-Jun-2013

I.4.

I.4.    Recibido el expediente por Auto de 31 de mayo de 2013, (52 y vta.), José Luís Lenz Mamani, Vocal de la Sala Penal del Tribunal antes mencionado, fundamentando que los jueces y vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia, al conocer y resolver acciones tutelares, no actúan como tribunales ordinarios sino como de garantías y recayendo además por sorteo el conocimiento de la causa a los vocales Adolfo Irahola Galarza y Heidy Haydeé Calderón Pérez en su calidad  de Tribunales de garantías, es competencia de éstos proseguir con la acción; al crearse el conflicto entre estas Autoridades judiciales, la Sala Penal dispuso remitir antecedentes a este  Tribunal Constitucional Plurinacional para que dirima el asunto (fs. 52 y vta.).