SCP 0684/2013 de 3 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0684/2013 de 3 de junio

Fecha: 03-Jun-2013

III.2.1.Requisitos de forma. Determinación de su carácter subsanable y delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento

A la luz de la normativa procesal constitucional imperante, los requisitos de forma, se encuentran específicamente regulados en el art. 33 del CPCo, los cuales, por la finalidad de cada supuesto disciplinado en la citada disposición y para asegurar una coherente pedagogía constitucional se clasifican en requisitos formales esenciales y aquellos presupuestos eventuales.