Sentencia: 0432/2013-L de 3 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0432/2013-L de 3 de junio

Fecha: 03-Jun-2013

II.5.1. Análisis de los hechos

Tomando en cuenta la denuncia presentada como consta del Formulario de denuncia de 1 de marzo de 2010, presentada por Luis Calderón García, contra Yusef Vargas Bejarano, Valentina Braños, Wilder Chavarría y otros, por la presunta comisión de los delitos de allanamiento de domicilio, robo agravado y asociación delictuosa, suscrito por Hugo Contreras Zelada, investigador policial de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), decreto emitido por Doris Rivero Urrutia de Prado, Fiscal de Materia, por el cual ordena al investigador asignado al caso realizar informe preliminar sobre los hechos denunciados, se evidencia que la parte accionante acudió a la justicia ordinaria en la vía penal, en resguardo de sus derechos, la misma que tiene todas las atribuciones para determinar lo que fuere de Ley, no pudiendo el Tribunal constitucional Plurinacional suplir esas facultades cuando ya las partes han acudido a la justicia ordinaria, donde se dilucidarán los hechos que en estos casos resultan controvertidos por las características de la denuncia.Un entendimiento contrario afecta el derecho a la defensa y a responder por los actos en igualdad de condiciones.