SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

denegó

El Juez Primero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Potosí, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2011 de 8 de octubre, cursante de fs. 11 a 13 vta., denegó la acción de libertad, con los siguientes fundamentos: 1) El accionante antes de acudir a la jurisdicción constitucional debió denunciar los actos considerados vulneratorios a su derecho a la libertad ante el Juez Cautelar más cuando el fiscal lo imputó formalmente dentro el plazo establecido conforme dispone el art. 298 del CPP, en virtud a que el Juez de Instrucción es el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación; y, 2) El demandante acudió a esta jurisdicción sin haber realizado su denuncia ante el Juez Cautelar competente por lo que no utilizó el mecanismo para el restablecimiento de su derecho a la libertad.