SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Victoria Fuertes Flores, en suplencia legal del Fiscal “Antinarcóticos” -ahora demandada-, no hubiese dispuesto “mandamiento fundamentado de aprensión” en su contra por lo que sólo se encontraba con “arresto policial”, sin considerar el art. 225 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por el cual transcurrido el término de ocho horas la indicada fiscal debió disponer “su aprensión fiscal o su libertad”; sin embargo, estuvo detenido por más de veinticuatro horas de manera ilegal, aspectos que no fueron revisados por el “Juez Cautelar Primero”, por lo que interpuso apelación incidental la cual fue tramitada ante la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Potosí misma que no habría observado lo dispuesto por el art. 168 del citado Código, disponiendo la continuidad de la “ilegal detención” en mérito a no tener competencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Principio de subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR