SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
a)
El accionante, a través de su abogado y apoderado en audiencia, ratificó su acción y ampliándola indicó que: a) Ante la emisión del memorándum de destitución, se acudió ante el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, poniendo en conocimiento de que se encontraba a cargo de una hija, de tres meses de edad, habiendo emitido el Jefe Departamental del Trabajo, una conminatoria de restitución, al haberse establecido la vulneración al derecho al trabajo y a la inamovilidad laboral; b) En vista de ello, se lo reincorporó al cargo que ocupaba; empero, el 25 de agosto de 2011, a través de un nuevo memorándum, se dispuso el cambio del cargo que desempeñaba, nombrándolo como supervisor de las Subzonales, con el mismo ítem y el mismo nivel salarial, pero en un cargo inferior dependiente de otra persona que estaría siendo nombrada; c) Se vulneró el derecho a la vida, pues el haber mensual que percibía fue modificado, provocando que su familia no pueda tener la atención, alimentación, vestido y cuidados establecidos en la Constitución Política del Estado; d) Así también, el derecho al trabajo fue conculcado al no haberse respetado la inamovilidad funcionaria; y, e) Ante la interrogante realizada por uno de los miembros del Tribunal de garantías, aclaró que se mantuvo el haber salarial, modificándose sólo la ubicación en el puesto de trabajo.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1.
- I.1.2.
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo sobre la estabilidad laboral de los progenitores del concebido o niños menores de un año
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR