SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.6.
II.6. A través del memorándum DNRH-M-243/11 de 25 de agosto de 2011, suscrito por los demandados, de conformidad al art. 27 del Estatuto Orgánico Institucional, que determina que los cargos jerárquicos se encuentran sujetos a disposición de la MAE, se comunicó al accionante que a partir de la mencionada fecha se dispuso su cambio de funciones, como Supervisor de las Subzonales dependientes de la Agencia Zonal Trinidad, asignándole el ítem TDD-020 de Jefe de Servicio, nivel 9B y sueldo mensual básico de Bs5 313.- (cinco mil trescientos trece bolivianos) y demás beneficios que por ley le corresponde, aclarando que dicha remuneración, era similar a la que percibía como Agente Zonal de Trinidad (fs. 11).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1.
- I.1.2.
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo sobre la estabilidad laboral de los progenitores del concebido o niños menores de un año
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR