Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
Fragmento 7
A manera de introducción es pertinente señalar que nuestra Constitución Política del Estado, promulgada en febrero de 2009, sin cambiar la naturaleza del recurso de hábeas corpus, efectuó un cambio fundamental respecto de los derechos cuya tutela puede invocarse a través de este procedimiento constitucional, incluyendo el derecho a la vida, siendo así su finalidad la protección de los derechos fundamentales a la vida y a la libertad física, en casos en los que sean ilegal o indebidamente restringidos, suprimidos o amenazados, por actos u omisiones ilegales o indebidos de las autoridades públicas o de personas particulares.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcance y ámbito de protección de la acción de libertad
- Fragmento 7
- III.2. La existencia de persecución ilegal o indebida, presupuestos que hacen viable la acción de libertad -de contrario, la ausencia de tales elementos configura su improcedencia-
- III.3. Análisis del caso concreto