Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.4.
II.4. El 20 de marzo de 2012, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz ahora demandados, resolvieron las apelaciones interpuestas mediante Resolución 10/2012, que declaró a las mismas improcedentes “…por inobservancia de los arts. 407, primera parte, 408 primera y segunda parte, y parcialmente el art. 416, segunda parte” del Código de Procedimiento Penal…” (sic) y, en consecuencia confirmaron la Sentencia apelada (fs. 50 a 53 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17