SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0806/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0806/2013

Fecha: 11-Jun-2013

denegando

El Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, pronunció la Resolución 02 de 22 de febrero de 2013, cursante de fs. 33 a 34 vta., denegando la tutela solicitada por el accionante, con los siguientes fundamentos: 1) No puede ingresar a dilucidar la correcta o incorrecta valoración de la prueba realizada por los tribunales dentro del proceso penal, pues la ley no le reconoce dicha competencia, toda vez que esa potestad corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, en consecuencia no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva potestad de los jueces ordinarios, menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes; y, 2) Con relación a la defensa técnica y material alegada, el imputado Mario Alberto Galvarro Gómez, fue notificado legalmente para la audiencia de apelación de medida cautelar de 4 de febrero de 2013, a la cual según la defensa el imputado acudió, sin embargo al momento de instalarse la misma se ausentó por motivos laborales, toda vez que según el accionante, la audiencia no se desarrolló en la hora señalada, sin embargo por el acta de audiencia, se establece que la misma se instaló a horas 8:45 y el imputado pese a tener conocimiento no se hizo presente por decisión propia, de donde se evidencia que no hubo lesión al derecho a una debida fundamentación; tampoco tuvo la previsión de otorgar poder para ser representado en audiencia, en consecuencia, no se constata vulneración de los derechos alegados por el accionante, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada.