SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2013
Fecha: 11-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 12 de diciembre de 2012, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión de los delitos de allanamiento de domicilio y otros, en audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, el Juez demandado declaró procedente dicha solicitud, habiéndole impuesto medidas sustitutivas a la detención preventiva entre ellas la prohibición de salir del país y una fianza económica de Bs30.000.- (treinta mil bolivianos), medidas que cumplió a cabalidad mediante documentales consistentes en certificado de depósito judicial y certificación de arraigo el 20 del mes y año señalado, pese a ello la autoridad judicial demandada, extrañó la presentación del certificado de arraigo en forma ilegal y vulnerando el derecho a la libertad, manteniéndolo indebidamente privado de su libertad personal
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- suma qamaña
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Sobre la competencia territorial en acciones de libertad
- 1)
- Otras consideraciones
- CONFIRMAR