SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2013

Fecha: 11-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el año 2003, tiene un proceso de asistencia familiar incoada por Eloina Chavarría Suárez, en el Juzgado Tercero de Instrucción de Familia del departamento de Santa Cruz, donde en primera instancia la Jueza fijó una asistencia familiar a favor de su hijo Diego Fernando Mamani Chavarría en la suma de Bs200.- (doscientos bolivianos) que corrió desde el 9 de mayo del año referido hasta el 23 de diciembre de 2011; posterior a ello; se hizo un incremento mensual de Bs400.- (cuatrocientos bolivianos) que corrió desde el 23 de diciembre del mismo año.

Menciona que existe un mandamiento de apremio en su contra porque supuestamente no habría pagado un solo centavo de asistencia familiar, siendo que el 9 de marzo de 2012, presentó memorial adjuntando las boletas de sueldo donde se evidencia los descuentos que se le realizaron. Asimismo indica que jamás le fue notificado de manera personal ni en su domicilio real señalado con la liquidación que existiese, siendo que el art. 137 del Código Civil (CC) ordena taxativamente que las notificaciones serán personales y que de igual manera ha sido modulado por el Tribunal Constitucional a través de la SC 0558/2004-R de 13 de abril.

Por otra parte menciona que se le han violado sus derechos fundamentales al haber realizado una liquidación sin valorar los descuentos realizados a sus ingresos violentando de esa manera el debido proceso, la seguridad jurídica e impidiéndole el ejercicio de su derecho a la defensa. Además de no haberle notificado personalmente y que ahora esta siendo ilegalmente perseguido, coartando de esa manera su derecho a la libertad y su seguridad personal.