SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2013

Fecha: 17-Jun-2013

a)

Néstor Julio Enríquez Quiroga, Juez Quinto de Sentencia Penal de Sustancias Controladas y Liquidador, en audiencia manifestó que: a) Su autoridad no puede revisar las actuaciones del Tribunal Supremo de Justicia; en todo caso sobre la notificación, el accionante  debió revisar en Presidencia o con los Vocales; siendo que este sólo dio cumplimiento al decreto de “cúmplase”, emitiendo el correspondiente mandamiento de condena el 19 de junio de 2012, que le fue notificado a la abogada del accionante el 22 del mismo mes y año; b) Después de cuatro meses, recién pretende hacer valer sus derechos y observar su actuación, sin tomar en cuenta que un Auto Supremo no requiere la calidad de cosa juzgada ipso iure, sino ésta es ipso facto, es decir no tiene otra instancia a recurrir, excepto la constitucional debiéndose dar cumplimiento a las situaciones excepcionales para activar esta instancia; y, c) El accionante no mencionó que en noviembre de 2012, interpuso una acción de amparo constitucional contra el Auto Supremo 74/2012 de 11 de mayo, pronunciado por los Magistrados de la Sala Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, el mismo se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, pretendiendo activar un nuevo mecanismo constitucional, para obtener su libertad, haciendo suyo el conocimiento de ese Auto Supremo para atacarlo en vía constitucional.