SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0922/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0922/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.2.2. Sobre la solicitud de que se fije con celeridad la audiencia para considerar la cesación a su detención preventiva

Del mismo modo, el accionante denuncia que no fue atendida su petición de cesación a la detención preventiva, pero no acredita haber efectuado ese hecho, ya que las copias de memoriales presentados al Juez y al Fiscal hacen referencia en su totalidad al pedido de aplicación de un procedimiento abreviado lo que motivó a este Tribunal a solicitar un informe al Juez demandado quien informó bajo responsabilidad que: “…el imputado no ha solicitado cesación a la detención preventiva…”, de ahí se extrae que no existía a momento de interponer la acción de libertad una petición de la cual dependa la libertad del accionante y que habilite la procedencia de la acción de libertad de pronto despacho.