Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2013
Fecha: 27-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante indica que se lesionaron sus derechos a la vida, al agua y a la alimentación, ya que al haberse negado a ser parte del sindicato de Nazacara, los demandados procedieron a cortarle el agua potable, sin considerar que pagó para la instalación de este servicio, y que cumple con todas las obligaciones para la dotación del líquido elemento, medida que fue realizada en medio de actos discriminatorios y agresiones psicológicas alusivas a su discapacidad visual.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela directa del amparo constitucional ante medidas de hecho que afecten servicios básicos. Jurisprudencia reiterada.
- otras terceras personas no pueden cortar o amenazar cortar dichos servicios, menos utilizarlos como mecanismo de presión para obtener la ejecución de algún acto
- III
- CONFIRMAR