Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
El demandado Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Enrique Morales Díaz, se constituyó a la audiencia pública, después de haber sido leída la Resolución emitida por el Juez de garantías, justificando su retraso por haber estado en otra audiencia de cesación de detención preventiva; señalando posteriormente que al haber sido muy larga la audiencia en la que se rechazó la cesación de la detención preventiva del accionante, su transcripción lleva su tiempo prudente, además que la parte accionante no se notificó con la resolución que impugna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR