SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2013
Fecha: 27-Jun-2013
denegó
Por Resolución 06/13 de 5 de abril de 2013, cursante de fs. 37 a 39 vta., la Jueza Cuarta de Partido, Liquidadora y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, denegó la tutela con los siguientes argumentos: a) El 3 de abril de 2013, la accionante solicitó control jurisdiccional a la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal y se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión; providenciándose el 4 de abril del mismo año, disponiendo que en el día se eleve informe al respecto y se deje sin efecto la orden de aprehensión, notificándose a la Fiscal de Materia el 5 del mes y año referidos, entre las “16:55 y 17:05”; b) Ese mismo día, en horas de la tarde, funcionarios policiales ingresaron al domicilio de la accionante sin orden de allanamiento, con el propósito de ejecutar el mandamiento de aprehensión, que no se logró; ante este hecho, se interpuso acción de libertad a horas 16:30 del referido día ; c) La Fiscal de Materia, no habría tenido conocimiento de lo dispuesto por la Jueza cautelar, sino en forma posterior a lo que acontecía en “Cruce de Ventilla” con la accionante y los funcionarios policiales; d) Una vez que conoció el decreto del 4 de abril de 2013, como la solicitud de informe; ella afirmó que, estaba dentro de plazo para el elevar el informe en el tiempo establecido; e) Ante estas circunstancias, la jurisprudencia ha determinado el establecimiento excepcional de la subsidiariedad; refiriendo que, en aquellos casos en que haya un juez cautelar, es ante esa autoridad que debe acudirse respecto a los hechos que vulneren la libertad, cometidos por efectivos policiales o fiscales, a fin de resguardar los derechos y garantías de las partes; y, f) En el caso, la accionante acudió ante la Jueza cautelar, quien emitió la disposición respecto a los hechos denunciados; por lo que, en tanto no se agote esa vía no se puede activar la vía constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y sus alcances
- III.2. De la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR