AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2013-RCA

Fecha: 05-Jul-2013

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 15 de mayo de 2013, cursante de fs. 17 a 19, el accionante manifiesta que el 19 de marzo de 2010, Zenón Marín Mollo, le transfirió un lote de terreno ubicado en “Villa Marín”, que se encuentra registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula 8.01.1.01.0000567 y en ejercicio de su derecho propietario el 27 de abril de 2013, procedió a “alambrar el mismo”; empero, la Junta Vecinal el mismo día destruyó dicho alambrado.

Relata que, volvió a “levantar la alambrada” para posteriormente iniciar una construcción precaria; sin embargo, los accionados en su calidades de Presidente y Vicepresidente de la Junta Vecinal de Villa Marín, el 28 de abril de 2013, juntamente con una turba de personas se introdujeron de manera violenta a su domicilio con el fin de agredirlo físicamente y destruir todo lo realizado en su propiedad, con el argumento que no contaba con la autorización de construcción de dicha instancia y a pesar que exhibió los documentos que respaldaban su derecho propietario, fue advertido que si intentaba ocupar nuevamente el lote de terreno no se harían responsables de lo que podría sucederle.