AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2013-RCA
Fecha: 05-Jul-2013
improcedencia
La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, por Resolución 015/2013 de 23 de mayo, cursante de fs. 200 a 202, declaró la improcedencia de la acción de defensa interpuesta, bajo el fundamento que, el representante de la accionante inobservó el art. 53.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), dado que contra la RA UDSABN 25/2013, planteó recurso de revocatoria bajo alternativa del jerárquico al superior en grado y al haber sido rechazado por RA UDAJBAN 005/2013, el recurso de revocatoria, mediante cite UDAJBN 067/2013, fueron elevados los antecedentes a la ciudad de La Paz, a efecto de que sea resuelto el recurso jerárquico, encontrándose a la “fecha” pendiente de resolución.