AUTO CONSTITUCIONAL 0155/2013-RCA
Fecha: 31-Jul-2013
improcedente in limine
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 44/2013 de 14 de junio, cursante a fs. 49 y vta., declaró improcedente in limine la acción de amparo constitucional fundamentando que, siendo un presupuesto de ésta su naturaleza subsidiaria, su procedencia está condicionada a la inexistencia de otro medio legal para la protección inmediata de los derechos restringidos, suprimidos o amenazados y considerando que la parte hizo uso del recurso jerárquico contra la Resolución de alzada ARIT-LPZ/RA 0038/2013, que mereció el “Auto” de 15 de abril de 2013, por el que se rechazó debido a la interposición del mismo fuera del plazo establecido en la norma.