AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2013-CA

Fecha: 05-Jul-2013

II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto

Del análisis del caso y revisión del cumplimiento de requisitos se tiene que, el accionante solicita se declare inconstitucional el art. 5 del CP, por presuntamente vulnerar los arts. 1, 13.IV, 256 y 410 de la CPE, si bien refiere que los preceptos constitucionales supuestamente fueron vulnerados, mas no explicó las razones o motivos de tal contradicción, limitándose a señalar que al momento de su aprehensión tenía la edad de dieciséis años, considerado un niño conforme a los tratados y convenios internacionales, debiendo la Fiscal asignada al caso y los jueces cumplir con dichas normas, aplicarlas preferentemente y realizar un test de constitucionalidad y de convencionalidad a los fines de dictar cualquier resolución para no vulnerar los derechos humanos.

En consecuencia, el accionante incumplió manifiestamente lo determinado por el art. 24.I.4 del CPCo, al no establecer la relevancia de la norma impugnada, la duda razonable y fundada respecto a la inconstitucionalidad demandada, y no explicar los motivos por los que considera que las disposiciones cuestionadas contradicen el texto de la Ley Fundamental, constituyéndose éste en un elemento esencial para la admisión de la acción, ya que a través de ella se somete a juicio de constitucionalidad, confrontando con el texto de la Constitución Política del Estado, con la finalidad de determinar si hay contradicción en sus términos y realizar el control correctivo de la norma y así depurarla del ordenamiento jurídico del Estado.