Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
a)
Del precepto legal y constitucional referidos, se establece que los conflictos de competencia se suscitan: a) Entre Órganos del Poder Público; b) Entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas y entre estos; y, c) Entre la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina y la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental.