AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2013-CA

Fecha: 05-Jul-2013

II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto

De la revisión del recurso y la documentación adjunta, la Comisión de Admisión verificó que la parte accionante dio cumplimiento a los requisitos anteriormente referidos, pues señaló su nombre, domicilio y generales de ley, así como de la autoridad accionada. De igual manera, expuso ampliamente los antecedentes, planteando con claridad el petitorio.

Con relación al art. “28.II” de la Ley 060, impugnado a través de la presente acción, se tiene que, fue declarado constitucional mediante SCP 0003/2013, aclarando que si bien se impugna el art. 28.II de la Ley 060, se transcribe el art. 28.I.2 de dicha Ley, que se reitera fue declarada constitucional; acontece lo mismo con la SCP 0491/2013 de 12 de abril, que resolvió declarar la constitucionalidad de los arts. 11, 12, 13 y 14 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11, estableciéndose cosa juzgada constitucional, lo que inviabiliza cualquier nueva revisión de los señalados preceptos legales, de conformidad a los arts. 14 y 84 del CPCo.