Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0258/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
4°
4° Por Secretaría General, hágase llegar una severa llamada de atención a Armando Sossa Rivera, Administrador de Aduana a.i. de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, al no haber efectuado correctamente el procedimiento, sin remitir oportunamente ésta acción y los actuados procesales pertinentes, así como la terminología correcta inserta en los arts. 79 y 80 del CPCo.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- “no ha lugar”
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2º ADMITIR
- 4°