AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2013-CA
Fecha: 10-Jul-2013
II.2. Marco normativo constitucional y legal
En desarrollo de la normativa constitucional, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Juez Primero Disciplinario de la Oficina Departamental de Beni del Consejo de la Magistratura, en suplencia legal de su similar Segundo
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- Fragmento 4
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°
- 3°