AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2013-CA
Fecha: 10-Jul-2013
II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto
Cotejados los antecedentes, la Comisión de Admisión verificó que la acción interpuesta cumple con los requisitos previstos en el art. 24.I del indicado Código, dado que expresa una adecuada fundamentación jurídico constitucional, donde se crea la convicción de la duda razonable en torno a la constitucionalidad de las disposiciones legales cuestionadas, como son los los arts. 189.1, 196.II y 199 de la LOJ; y, 49, 51 y 53 del Reglamento de Régimen Disciplinario para el Personal Judicial de la Jurisdicción Ordinaria, Jurisdicción Agroambiental y Personal de Apoyo Judicial de ambas Jurisdicciones, aprobado por Acuerdo 165/2012, por supuestamente infringir los arts. 115.II, 120, 178.I y 232 de la CPE.
- Juez Primero Disciplinario de la Oficina Departamental de Beni del Consejo de la Magistratura, en suplencia legal de su similar Segundo
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- Fragmento 4
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°
- 3°