AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2013-CA

Fecha: 10-Jul-2013

Fragmento 1

En consulta la Resolución Administrativa (RA) AN-VIRZA-RA 1330/2013 de 26 de junio, cursante de fs. 36 a fs. 49, pronunciada por el Administrador a.i. del aeropuerto de “Viru Viru” de la Aduana Nacional de Bolivia, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Silvana Vilaseca Chumacero en representación legal de Erick Raúl López Carrasco, demandando la inconstitucionalidad del art. 1 en la frase: “…y otras disposiciones específicas para la administración de las Finanzas Públicas” (sic) de la Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, las Disposiciones Adicionales Décimo Octava, Décimo Novena y Vigésima de la indicada Ley, y que modifica los arts. 154, 155 y 156.II y III de la Ley General de Aduanas (LGA); y por “conexitud” los arts. 273 y 275 del Decreto Supremo (DS) 1487 de 6 de febrero de 2013; por presuntamente vulnerar los arts. 56, 57, 115, 117, 119, 120, 158.11, 159.6 y 8, 178, 321.II y III y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), 11, 17.1 y 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 8.2, 21.1 y 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.II del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).