AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2013-CA
Fecha: 26-Jul-2013
rechazó
Por Resolución 9 de julio de 2013, cursante de fs. 1 a 3, pronunciada por la Autoridad Sumariante del Ministerio Público de “Chuquisaca y Potosí”, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta con los siguientes fundamentos: a) Dentro del proceso disciplinario 009/2012 a instancia de Juan Carlos Trujillo Toco contra el ahora accionante, argumenta que el legislador determinó que los casos en investigación y que no cuenten con acusación, serán tramitados y resueltos por la autoridad sumariante, operando el principio de presunción de constitucionalidad previsto en el art. 5 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), en razón de que tiende a resguardar los principios de legalidad y seguridad jurídica en el que gobernantes y gobernados están sometidos a las leyes; y, b) Las disposiciones legales impugnadas, no serán aplicadas al caso concreto.
Por Resolución de 10 de julio de 2013, cursante de fs. 1 a 2, pronunciada por la Autoridad Sumariante del Ministerio Público de “Chuquisaca y Potosí”, que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta con los siguientes fundamentos: 1) Dentro del Proceso disciplinario “007/2012”, a instancia de Jaime Iriarte Angulo contra el ahora accionante, argumenta que, el ex Fiscal General del Estado, en una aplicación práctica de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 260, dictó la Resolución FGE/USL 115/2012, con la facultad prevista en el art. 30.7 y 33 de la misma Norma, nombró ocho sumariantes; en efecto, el legislador determinó que los casos en investigación y que no cuenten con acusación, serán tramitados y resueltos por la autoridad sumariante; por lo que, opera el principio de presunción de constitucionalidad previsto en el art. 5 de la LTCP, en razón de que tiende a resguardar los principios de legalidad y seguridad jurídica en el que gobernantes y gobernados están sometidos a las leyes; y, 2) Las disposiciones legales impugnadas, no serán aplicadas al caso concreto.
- Autoridad Sumariante del Ministerio Público de “Chuquisaca y Potosí”
- I.1.1 Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- rechazó
- I.2.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.3. Trámite
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis de los casos concretos
- 1°
- 2°
- 3º Poner