Sentencia: 0756/2013-L de 30 de julio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0756/2013-L de 30 de julio

Fecha: 30-Jul-2013

I.1. Problema jurídico.

La accionante refiere que su persona prestó sus servicios en la Compañía Boliviana de Transporte Aéreo privado S.A. (AEROSUR S.A.), desde el 1 de abril de 2003 y que fue despedida injustificadamente, mediante memorándum SRZ/RRHH/2011/095 de 14 de junio de 2011 del cargo que detentaba como Jefe de Imagen y Servicios Corporativos, ante lo cual acudió a la “Dirección Departamental del Trabajo” (sic) y denunció su ilegal despido, solicitando la reincorporación a su fuente de trabajo, por lo que esa entidad administrativa expidió las citaciones correspondientes a fin que la referida empresa justifique el despido, empero ante la falta de prueba libró conminatoria JDTC-GSML/R- 026/2011 de 2 de agosto, ordenando a la empresa AEROSUR S.A., proceda a su reincorporación en el plazo de setenta y dos horas; sin embargo, la misma a pesar de haber sido legalmente notificada incumplió dicha orden.