SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante mediante su representante, alega la vulneración de sus derechos de locomoción y libertad, al estar apremiado a causa de un proceso laboral de pago de beneficios sociales, toda vez que, el proceso se llevó adelante -supuestamente- en su desconocimiento, ya que al dictarse la Resolución no fue notificado como corresponde, como tampoco con los actuados relacionados a la ejecutoria de la misma y los mandamientos de apremio librados; es en ese sentido, que planteó incidente de nulidad, mismo que fue resuelto por la Sala Social Administrativa disponiendo la nulidad de obrados, debiendo citarse nuevamente con el referido fallo; sin embargo, la parte adversa anunció recurso de compulsa por lo que la Sala mencionada supra no ha devuelto actuados al juzgado de origen para efectivizar lo dispuesto, siendo que, dictaminado el Auto de Vista 052/2011 de 3 de octubre, hasta la presentación de esta acción no se efectivizó la devolución de obrados al juzgado de origen.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Retiro o desistimiento de la demanda de acción de libertad
- III.3. Normativa relativa a la compulsa
- III.4. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR