Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
concedió
El Juez de Partido y Sentencia Penal de la provincia Manuel María Caballero del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 10 de noviembre de 2011, cursante de fs. 9 a 10, por la que concedió la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) En el presente caso no existe orden, mandamiento o investigación alguna que evidencie acción directa de autoridad policial y que amerite la detención del accionante; y, 2) Asimismo, no se evidencia que se haya dado cumplimiento a lo dispuesto por el art. 225 del CPP, que prevé que dentro de las ocho horas siguientes, el detenido debe ser remitido al Fiscal.
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 7
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- el cuaderno de investigación
- REVOCAR