SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2013-L

Fecha: 30-Jul-2013

y rurales

             La Constitución Política del Estado, en el art. 47 con relación al derecho del trabajo en el área rural, señaló que: “I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo. II. Las trabajadores y los trabajadores de pequeñas  unidades  productivas urbanas y rurales, por cuenta propia, y gremialistas en general, gozarán por  parte del Estado de un régimen de protección especial, mediante una  política de intercambio comercial equitativo y de precios justos para sus productos, así como la asignación de  preferente de recursos económicos financieros para incentivar la producción” (las negrillas son nuestras).