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    AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2013-RCA

    Fecha: 19-Ago-2013

    en el plazo máximo de

    Por su parte, el art. 129.II de la Ley Fundamental dispone que: “La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computables a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial” (las negrillas nos corresponden), disposición concordante con el art. 55.I del CPCo.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • improcedencia “in limine”
    • I.5. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • Fragmento 5
    • en el plazo máximo de
    • II.2.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • CONFIRMAR

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