Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La SCP 1478/2012 de 24 de septiembre, con relación a las medidas de hecho, estableció lo siguiente:
Fecha: 16-Ago-2013
Partes:
Partes: Aurora Avellaneda Catarro Presidenta de la Junta Vecinal del barrio"6 de enero" en representación de los vecinos del barrio indicado; y,Bárbara Avellaneda Cataro, Carmen Aguilera Cuadiay, Julián FrancoCondori, Maisabetl García Flores, Lency "Shohonoca", María DoloresCartagena, Elías Ferreira Abano, Vanusa Nacimiento, Gerson Limpias,Faviola Pérez Batte, Celso Bismarck Ruiz, Yanini Alvez Paz, Fatima"Elsa" Arauz "Chuquipera", Sebastiana Alvez Rosendo, María NacimientoBecerra, Jael Avaroma "Cuetos", Winder Tarquino Quispe y CeideneiaFernández Firmeza,vecinos del citado barrio, contra Ana Lucia Reis Melena,Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija; y, Juan SaucedoAcevedo.
- Partes:
- I.1. Las vías de hecho y la flexibilización para su activación
- En otros supuestos de avasallamientos u ocupaciones por vías de hecho de predios urbanos o rurales privados cuando se denuncie pérdida o perturbación de la posesión dispuesta por autoridad judicial competente y éste derecho sea demostrado por el peticionante de la tutela con la resolución judicial que no esté sometida a controversia judicial y, por lo tanto, sea incontrovertible, además de tutelarse el derecho a la jurisdicción o acceso a la justicia del afectado, por su exclusión arbitraria por particulares o el Estado producto de medidas o vías de hecho, también y a la par se tutelará el derecho a la vivienda
- II. ANTECEDENTES
- III. CONCLUSIÓN QUE JUSTIFICA LA PRESENTE DISIDENCIA