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    Sentencia: 0854/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia: 0854/2013-L

    Fecha: 14-Ago-2013

    Partes:                 Yerco Eugenio Cuellar Parada

    Partes:                 Yerco Eugenio Cuellar Parada contra Víctor Blanco Durán, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Chimoré; Roberto Mamani Suárez, Presidente; Freddy Aguilar Rocha, Vicepresidente; Virginia Córdova Andia, Secretaria; Francisca Zerna Claros; y, Alicia Vía Laime, ambas Vocales, todos del mismo Municipio.

    • Partes:                 Yerco Eugenio Cuellar Parada
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • CONFIRMAR
    • Fragmento 4
    • un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
    • comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado
    • en el Estado Plurinacional de Bolivia, la dimensión del debido proceso en cuanto a sentencias judiciales, exige que éstas, sean justas y aseguren el valor igualdad, aspectos que las tornará razonables y respetuosas del bloque de constitucionalidad imperante
    • II.3.  El silencio administrativo, su configuración y efectos
    • II.4.

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