Partes: Yerco Eugenio Cuellar Parada
Partes: Yerco Eugenio Cuellar Parada contra Víctor Blanco Durán, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Chimoré; Roberto Mamani Suárez, Presidente; Freddy Aguilar Rocha, Vicepresidente; Virginia Córdova Andia, Secretaria; Francisca Zerna Claros; y, Alicia Vía Laime, ambas Vocales, todos del mismo Municipio.
- Partes: Yerco Eugenio Cuellar Parada
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- CONFIRMAR
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado
- en el Estado Plurinacional de Bolivia, la dimensión del debido proceso en cuanto a sentencias judiciales, exige que éstas, sean justas y aseguren el valor igualdad, aspectos que las tornará razonables y respetuosas del bloque de constitucionalidad imperante
- II.3. El silencio administrativo, su configuración y efectos
- II.4.
