Sentencia: 0934/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0934/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

Fragmento 8

         De la revisión de antecedentes; y, del sistema de gestión procesal de nuestra entidad se constató que mediante SCP 0210/2013-L de 8 de abril, la accionante denunció los mismos hechos que hoy son motivo de análisis, habiéndose dirigido contra la misma autoridad demandada, es más en aquella oportunidad se pidió: “a) El cumplimiento de la Constitución Política del Estado, que establece el derecho al trabajo digno, a la estabilidad laboral; b) Se cumpla la conminatoria de reincorporación librada mediante Resolución Administrativa 086/2010 de 30 de septiembre procediéndose a su inmediata reincorporación laboral; c) Se disponga el pago de sus sueldos devengados y la restitución de sus derechos laborales; y, d) Condenación de costas” (sic); y, siendo que en el caso presente existe identidad de sujeto, objeto y causa corresponde aplicar el Fundamento Jurídico II.2 que establece: “…cuando existe una sentencia constitucional que haya resuelto un problema jurídico procesal (de forma) u otro de orden sustantivo (de fondo) no se puede interponer otra demanda constitucional formulando el mismo problema jurídico intentando sorprender al órgano jurisdiccional de justicia constitucional primario, como son los jueces o tribunales de garantías o en su caso, al órgano jurisdiccional final de aplicación que es el Tribunal Constitucional Plurinacional, debido a que en dichos casos, la sentencia habrá adquirido la calidad de cosa juzgada respecto al problema jurídico en cuestión, es decir, procesal o sustantivo”.