Sentencia: 0934/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0934/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

REVOCAR

         En efecto, la accionante presentó la inicial acción de amparo constitucional el 7 de abril de 2011, denunciando los mismos hechos que en la presente acción tutelar, habiéndose pronunciado la SCP 0210/2013-L de 8 de abril del presente año, que determinó REVOCAR la Resolución 107/2011 de 24 de junio, emitida por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y CONCEDER la tutela solicitada, ordenando la reincorporación de la accionante a su fuente laboral; por ende, resuelto la problemática planteada en la presente gestión no corresponde volver a examinarla, debiéndose cumplir con la decisión asumida por ésta instancia constitucional en la SCP 0210/2013-L, puesto que “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno” (art. 203 de la CPE).

Por lo expuesto, la suscrita Magistrada considera que en el presente caso se debió REVOCAR la Resolución 46 de 15 de noviembre de 2011, cursante de fs. 46 a 48, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, por existir cosa juzgada constitucional de carácter material como se explicó precedentemente, sin responsabilidad para el Tribunal de garantías, en razón a que la primera acción de amparo constitucional -en revisión- fue resuelta luego de transcurrir dos años sin que ello sea atribuible a los sujetos procesales ni a los Magistrados de ésta Sala que fueron posesionados el 15 de febrero de 2012.