REVOCAR
Por lo expuesto, la suscrita Magistrada considera que se debió REVOCAR la Resolución de 13 de enero de 2012, cursante de fs. 106 a 108, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- CONFIRMA
- Fragmento 3
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2.
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- II.2.1. De la cosa juzgada constitucional
- II.3.
- REVOCAR
