SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2013-L

Fecha: 14-Ago-2013

III.4. Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes adjuntos a la presente acción, se constató que el accionante, adquirió el bien inmueble en cuestión, de María Teresa Villarroel Lima, el 26 de julio de 2010, protocolizado mediante testimonio 539/2011 el 19 de abril, el cual se encuentra registrado DD.RR. bajo el folio real 7.01.1.06.00.88981 y en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra; por lo que, cuenta con certificado catastral y pago de impuestos de 2009 y 2010; por otro lado, se advierte que el accionante efectuó denuncia de robo ante la FELCC contra la señora “Ney y otros”, por lo que en el proceso de la investigación se tomaron declaraciones informativas a los testigos de cargo, quienes refirieron que un grupo de personas ingresaron a los terrenos de forma violenta cortando los alambres y llevándose los postes; asimismo, se evidencia un documento con la firma de varias personas que brindan su respaldo al accionante, en el que manifiestan que el legítimo propietario de esos terrenos que se encuentran avasallados por loteadores, es Carlos Alberto Villarroel Lima; por otro lado, cursan declaraciones voluntarias notariadas de cinco personas que de manera uniforme manifestaron que en esos terrenos habían varias personas con palos, machetes, armas de fuego, gritando e insultando.